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Visa de empleo para la India
Visa de empleo (Employment visa, E-1): para trabajar para un empleador registrado en la India
En resumen
La visa de empleo E-1 cubre cualquier trabajo en la India, incluidos los traslados dentro de una misma empresa, salvo las categorías que tienen visa propia. El empleador debe estar registrado en la India, y el contrato debe estar notariado y legalizado por una cámara de comercio y por el Ministerio de Asuntos Exteriores indio. No existe como e-Visa.
Solicitud en Indian Visa Online (Government of India) comprobado el 25 de octubre de 2026
Lo esencial
- Tasa
- La tarifa de la visa ordinaria depende de la nacionalidad y de la misión que tramita la solicitud; consulte la tabla de tarifas de la embajada de la India o, en España, de BLS International.
- Trabajo
- Sí, para el empleador patrocinador en la India
- Familia
- El cónyuge y las personas dependientes reciben visas de entrada (X) con la misma vigencia que la visa principal
- Dónde solicitarlo
- Formulario en línea en indianvisaonline.gov.in y presentación en persona: en España, con cita en BLS International (Madrid, Barcelona o Santa Cruz de Tenerife); en otros países, ante la embajada o el consulado de la India competente
Alcance
Según la Oficina de Inmigración, la E-1 abarca todos los casos de empleo, incluidos los traslados intraempresariales, salvo los cubiertos por las visas E-2 y E-3, como los trabajadores misioneros o religiosos de organizaciones aprobadas. La empresa u organización empleadora debe estar registrada en la India.
Documentos
La prueba del registro del empleador indio, sus títulos profesionales o académicos y la prueba del empleo, contrato o encargo de la empresa en la India. La carta de empleo o el contrato deben estar notariados y legalizados por la Cámara de Comercio e Industria y por el Ministerio de Asuntos Exteriores (MEA).
Documentos obligatorios
Identidad
- Pasaporte original válido al menos seis meses después de la salida de la India, con fotocopia de las primeras páginas
Trabajo
- Copia del registro del empleador en la India
- Contrato de trabajo notariado y legalizado por la Cámara de Comercio e Industria y el MEA
Estudios
- Títulos profesionales o académicos
Otros
- Formulario de solicitud de indianvisaonline.gov.in con la fotografía subida, impreso y firmado
- Dos fotografías recientes de tamaño pasaporte
Tarifas
La tarifa de la visa ordinaria la fija cada misión según la nacionalidad del solicitante, por lo que conviene consultarla en la embajada de la India que corresponda o, en España, en BLS International antes de pagar. La misión decide el tipo y la duración de la visa con independencia de la tarifa abonada.
Las visas de larga duración exigen un pasaporte con al menos tres años de validez.
Tarjeta de llegada y registro en la FRRO
Toda persona extranjera debe completar en línea la tarjeta electrónica de llegada (e-Arrival card) dentro de las 72 horas anteriores al aterrizaje, en boi.gov.in, en indianvisaonline.gov.in o en la aplicación Indian Visa Su-Swagatam. No es una visa, sino un trámite de entrada.
Los titulares de una visa de estudiante, de empleo, médica o de trabajo misionero con validez superior a 180 días deben registrarse en la FRRO (Foreigners Regional Registration Office) o en la FRO de su zona en los 14 días siguientes a la llegada. Con las demás visas, incluida la de negocios, el registro solo es obligatorio si la estancia supera 180 días seguidos o dentro de un mismo año natural. Los menores de 12 años están exentos.
Las prórrogas y los cambios de categoría se piden en indianfrro.gov.in mientras se está en la India y siempre antes de que venza la visa.
Cómo solicitarlo, paso a paso
- Firme un contrato con una empresa registrada en la India y hágalo notariar y legalizar por una cámara de comercio y por el Ministerio de Asuntos Exteriores.
- Rellene la solicitud de visa ordinaria en indianvisaonline.gov.in, suba la fotografía, imprima el formulario y fírmelo; no se aceptan formularios escritos a mano.
- Pida cita y presente en persona el formulario firmado, el pasaporte y los documentos; en España la cita se reserva en el sitio web de BLS International.
- Envíe la tarjeta electrónica de llegada en las 72 horas previas al aterrizaje y, si su visa lo exige, regístrese en la FRRO al llegar.
Preguntas frecuentes
¿Cubre la E-1 los traslados dentro de una empresa?
Sí. La E-1 abarca todos los empleos, incluidos los traslados intraempresariales.
¿Puede acompañarme mi familia?
Sí. El cónyuge y los familiares dependientes reciben visas de entrada (X) por el mismo periodo que su visa de empleo.
¿Debo registrarme al llegar?
Sí. Los titulares de una visa de empleo válida más de 180 días se registran en la FRRO en los 14 días siguientes a la llegada.
¿Dónde se pide la visa de empleo desde España?
Como visa ordinaria: formulario en indianvisaonline.gov.in y cita en BLS International en Madrid, Barcelona o Santa Cruz de Tenerife, según la Embajada de la India en Madrid.
Fuentes oficiales
- Embassy of India, Ankara – Employment Visa
- Bureau of Immigration – List of visas
- Bureau of Immigration – Registration requirements for foreign nationals
- Embassy of India, Ankara – Visa guidelines and processing time
- Ambassade de l'Inde à Paris – Regular Visa (dépôt, biométrie, délais)
- Ambassade de l'Inde à Bruxelles – service des visas à l'ambassade depuis le 1er juillet 2025
- Embajada de la India en Madrid – Información sobre visados (BLS International)
Resumen de las fuentes oficiales citadas. Las normas, las tasas y los plazos cambian: confírmelos con la embajada o en el portal oficial antes de presentar la solicitud.
Otros tipos de visado para la India
Visitas y estancias cortas
- Visado de turismo
- Visado para tratamiento médico
- Visado para cultura, deporte y eventos
- Visado de tránsito Estancia máxima: Hasta 15 días, con una o dos entradas
Negocios y trabajo por cuenta propia
Estudios y formación
Familia
Autorizaciones de viaje en línea
- Visado electrónico (e-visa) Estancia máxima: e-Tourist: 30 días, 1 año o 5 años (como máximo 180 días por año natural con las de 1 y 5 años); e-Business: hasta 180 días por visita