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Visa de trabajo para México: visas autorizadas por el INM con oferta de empleo

Visa autorizada por el INM: visitante con permiso para realizar actividades remuneradas o residente temporal con oferta de empleo

En resumen

Para trabajar con un empleador mexicano, primero el empleador u otro promovente en México obtiene una autorización del Instituto Nacional de Migración (INM). Después usted dispone de 30 días hábiles para acudir a un consulado de México a la entrevista, pagar la tarifa fija de 321 dólares estadounidenses y recibir una visa de visitante con permiso para actividades remuneradas o de residente temporal.

Solicitud en gob.mx – SRE-01-039 INM-authorised visas comprobado el 23 de octubre de 2026

Lo esencial

Estancia máxima
Depende de la categoría autorizada: hasta 180 días como visitante con actividades remuneradas, o residencia temporal de más de 180 días y hasta 4 años
Validez
Visa válida durante 180 días hábiles para entrar a México
Tasa
321 US$Tarifa fija de 2026 del trámite SRE-01-039, que cubre recepción, estudio y autorización; en las visas con permiso para trabajar se cobra además la expedición del documento migratorio.
Plazo de tramitación
7 días hábiles en el consulado tras la autorización del INM
Trabajo
Sí, para la actividad y el empleador autorizados por el INM
Familia
Los familiares pueden seguirle por unidad familiar una vez que usted tenga residencia
Acceso a la residencia permanente
La residencia temporal puede conducir a la residencia permanente conforme a la Ley de Migración
Dónde solicitarlo
El empleador tramita ante el INM en México; usted acude a un consulado en el extranjero

Qué visas abarca

El trámite SRE-01-039 comprende las visas que el INM ha autorizado de antemano: la visa de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas, la visa de visitante por razones humanitarias y las visas de residente temporal o permanente gestionadas a través del INM. Una oferta de empleo de una empresa mexicana es la base habitual de las dos categorías vinculadas al trabajo.

Tarifas

La SRE fija para este trámite una tarifa de 321 dólares estadounidenses en 2026, pagadera en el consulado, y señala que la expedición del documento migratorio se cobra cuando la visa incluye permiso para actividades remuneradas. Los importes se calculan con base en el oficio 349-B-1-II-138 del 19 de diciembre de 2025.

Un procedimiento en dos etapas

El trámite empieza en México: el empleador u organización que le patrocina (el promovente) lo solicita al INM, que emite la autorización con un Número Único de Trámite (NUT). Una vez notificada, usted reserva la entrevista en Mi Consulado y debe presentarse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación; de lo contrario, el permiso caduca.

En el consulado se llena el formato de solicitud de visa, se entrega una copia de la autorización del INM, el pasaporte y, si no está en su país de nacionalidad, la prueba de estancia legal. El formato se firma ante el funcionario consular y en la entrevista se verifica su identidad y que el motivo del viaje coincida con lo autorizado. Todo el trámite debe concluirse en la misma oficina donde se inició.

  1. Acuerde el empleo con una empresa mexicana, que presenta la solicitud ante el INM.
  2. Espere a que el empleador reciba la notificación de la autorización del INM y le facilite el NUT.
  3. Reserve la entrevista en Mi Consulado y preséntese dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación.
  4. Llene el formato, entregue sus documentos, firme ante el funcionario y pague la tarifa.
  5. Recoja la visa (unos 7 días hábiles) y viaje dentro de su vigencia.
  6. Tras la entrada, haga el trámite ante el INM para obtener la tarjeta de residencia si su visa es de residente.

Después de entrar a México

Quien tenga una visa de residente la presenta ante el INM tras la entrada para obtener la tarjeta de residencia que acredita su condición migratoria. Los visitantes con permiso para actividades remuneradas solo pueden trabajar en la actividad y para el empleador que autorizó el INM.

Documentos

Documentos obligatorios

Identidad

  • Pasaporte original o documento de identidad y viaje vigente

Medios económicos

  • Pago de la tarifa de 321 dólares estadounidenses

Trabajo

  • Copia de la autorización del INM (NUT) obtenida por su empleador o promovente en México

Otros

  • Formato de solicitud de visa lleno y firmado ante el funcionario consular

Documentos complementarios (según el caso)

Identidad

  • Prueba de estancia legal si presenta la solicitud fuera de su país de nacionalidad

Preguntas frecuentes

¿Puedo solicitar por mi cuenta una visa de trabajo para México?

No directamente. El trámite comienza con una autorización del INM que pide en México el empleador o promovente; solo después se presenta la solicitud en un consulado.

¿Cuánto tiempo tengo para acudir al consulado?

30 días hábiles contados desde la fecha en que se notificó la autorización al promovente en México.

¿Cuánto cuesta?

La SRE establece una tarifa fija de 321 dólares estadounidenses para 2026.

¿Puedo trabajar con visa de turista mientras espero?

No. La visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas no autoriza a trabajar en México.

Fuentes oficiales

Resumen de las fuentes oficiales citadas. Las normas, las tasas y los plazos cambian: confírmelos con la embajada o en el portal oficial antes de presentar la solicitud.

Otros tipos de visado para México

Visitas y estancias cortas

  • Visado de turismo Estancia máxima: Hasta 180 días, según lo que autorice el INM a la entrada

Estudios y formación

  • Visado de estudiante Estancia máxima: Por la duración de los estudios, acreditada con la tarjeta de estudiante

Trabajo

Familia

Residencia

Protección

Guía de visados de México