Cuba

Guía de visas para Cuba: turismo electrónica, familiar, negocios y residencia

  • 4 tipos de visado
  • comprobado el 25 de octubre de 2026

Cómo funcionan los visados para Cuba

Las visas cubanas las emiten las embajadas y consulados de Cuba, que dependen del Ministerio de Relaciones Exteriores (MINREX). Cuando la visa la tramita una entidad cubana, la gestión pasa por la Dirección de Inmigración y Extranjería, y el consulado solo la entrega una vez recibida la autorización.

La visa de turismo es hoy electrónica: se solicita en el portal oficial evisacuba.cu, el código de visa llega por correo electrónico en un plazo de 72 horas hábiles y queda vinculado al pasaporte del viajero. También puede pedirse en persona en una oficina consular cubana o comprarse a agencias, turoperadores y aerolíneas que la comercializan.

Las demás categorías, como la visa familiar A-2, la de negocios, la de periodista D-6, la de estudios o la de eventos, no se tramitan en el portal: hay que dirigirse al consulado de Cuba en el país de residencia, que informa sobre requisitos, tasas y medios de pago.

¿Qué visado necesito?

Vacaciones y turismo: visa de turismo electrónica, de una sola entrada, para 90 días prorrogables otros 90 en Cuba.

Cónyuge o hijo extranjero de un ciudadano cubano que se aloja en la casa de su familia cubana: visa familiar A-2.

Viaje de negocios: visa de negocios, aprobada primero por la oficina comercial de la embajada de Cuba.

Trabajo periodístico: visa de periodista D-6, aprobada por la oficina de prensa de la embajada.

Establecerse en Cuba: solicitud de residencia permanente presentada en un consulado cubano.

Tipos de visado para Cuba

Visitas y estancias cortas

  • Visado para visitar a familiares y amigos Visa familiar A-2 (para familiares extranjeros de ciudadanos cubanos)

    La visa familiar A-2 es para cónyuges e hijos extranjeros de ciudadanos cubanos que viajan a Cuba y se alojan en la casa de su familia.

    Estancia máxima: 90 días para familiares extranjeros que acompañan a un cubano residente en el exterior, prorrogables en Cuba

Negocios y trabajo por cuenta propia

  • Visado de negocios Visa de negocios (para viajes de negocios a Cuba)

    Quien viaja a Cuba por negocios no usa la visa electrónica de turismo.

Residencia

  • Residencia permanente Solicitud de residencia permanente en Cuba (para extranjeros que desean establecerse en el país)

    Los extranjeros que quieren residir de forma permanente en Cuba presentan su solicitud en un consulado cubano.

Autorizaciones de viaje en línea

  • Visado electrónico (e-visa) Visa de Turismo Electrónica (visa de turista para Cuba en formato digital)

    La visa de turismo para Cuba es electrónica.

    Estancia máxima: 90 días, prorrogables por otros 90 días en Cuba

Preguntas frecuentes

¿Cómo se obtiene la visa de turismo para Cuba?

En el portal oficial evisacuba.cu, en persona en una oficina consular cubana o a través de agencias, turoperadores y aerolíneas que la venden. El código de visa llega por correo electrónico en 72 horas hábiles.

¿Cuánto tiempo puede permanecer un turista en Cuba?

La visa electrónica permite una entrada para un viaje de 90 días, que las autoridades migratorias cubanas pueden prorrogar por otros 90 días dentro del país.

¿Cómo se pagan las tasas consulares cubanas?

Con los medios de pago que fija cada oficina consular, por ejemplo transferencia bancaria o pago bancario certificado. El efectivo enviado por correo se rechaza y se devuelve por cuenta y riesgo del remitente.

¿Sirve la visa electrónica para un viaje de negocios o de prensa?

No. La visa electrónica es solo para turismo; los viajes de negocios requieren la visa de negocios y el trabajo periodístico la visa D-6, ambas gestionadas a través de la embajada y el consulado.

¿Qué visa necesita el cónyuge extranjero de un ciudadano cubano?

Si se aloja en la casa de su familia cubana, la visa familiar A-2, que se solicita en el consulado de Cuba con pasaporte, foto, planilla y copia del acta de matrimonio.

Embajadas y consulados

Última comprobación: 25 de octubre de 2026. Cada página de visado indica las fuentes oficiales en las que se basa.