Corea del SurProtección

Asilo y estatuto de refugiado en Corea del Sur

Estatuto de refugiado según la Ley de Refugiados

En resumen

Corea del Sur se adhirió en 1992 a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y a su Protocolo de 1967, y desde el 1 de julio de 2013 tiene una Ley de Refugiados propia. La solicitud se presenta en el puesto fronterizo de entrada o, ya en Corea, en cualquier oficina regional de inmigración; la resolución debe llegar en seis meses y los recursos se presentan ante el Ministro de Justicia en un plazo de 30 días.

Solicitud en HiKorea – Refugee information comprobado el 23 de octubre de 2026

Lo esencial

Plazo de tramitación
Resolución en los seis meses siguientes a la solicitud, prorrogables hasta seis meses más
Trabajo
El Ministro de Justicia puede autorizar el trabajo una vez transcurridos seis meses desde la solicitud
Familia
El cónyuge y los hijos menores de los refugiados reconocidos pueden entrar con una visa C-3 y ser reconocidos por unidad familiar
Acceso a la residencia permanente
Los refugiados reconocidos reciben la residencia F-2, renovable mientras persistan los motivos del reconocimiento
Dónde solicitarlo
Solo dentro de Corea: en el puesto fronterizo a la llegada o en cualquier oficina regional de inmigración

Quién es refugiado

Según el artículo 2 de la Ley de Refugiados, es refugiado el extranjero que, por fundados temores de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas, no puede o no quiere acogerse a la protección del país de su nacionalidad, o el apátrida que no puede regresar al país de su residencia anterior. Quien no cumple esos requisitos pero corre riesgo de tortura u otros tratos inhumanos puede obtener un permiso de estancia humanitaria. Según el artículo 3, los solicitantes y las personas protegidas no pueden ser devueltos contra su voluntad a un país donde sufran esas amenazas.

Dónde y cómo solicitarlo

En el puesto fronterizo, la solicitud se presenta durante el control de inmigración; la oficina decide en siete días si la admite al procedimiento completo y, si no puede decidir a tiempo, debe permitir la entrada. Dentro de Corea, se presenta por escrito en cualquier oficina regional de inmigración, sucursal o centro de internamiento; las solicitudes se examinan después en las oficinas centrales de Seúl, Incheon, Suwon, Busan, Daegu, Gwangju y Jeju. La solicitud es personal; los menores pueden estar representados por su tutor legal. Las embajadas de Corea en el extranjero no aceptan solicitudes de asilo.

  1. Presente la solicitud en persona en el puesto fronterizo durante el control de inmigración o, ya en Corea, en cualquier oficina regional de inmigración.
  2. Entregue la solicitud por escrito con su pasaporte (o una explicación) y las pruebas que tenga; pida ayuda si no puede escribir.
  3. Reciba el justificante de presentación y consérvelo.
  4. Acuda a la entrevista; pida un intérprete o un entrevistador del mismo sexo si lo necesita.
  5. Pasados seis meses, pregunte por el permiso de trabajo si aún espera la resolución.
  6. Si se deniega, presente un recurso en un plazo de 30 días o valore la vía contencioso-administrativa.

Entrevista y resolución

La oficina de inmigración entrevista al solicitante sin demora e investiga los hechos; a petición, se asigna un entrevistador del mismo sexo, y no puede negarse la grabación si el solicitante la pide. La resolución debe dictarse en los seis meses siguientes a la solicitud, plazo prorrogable hasta seis meses más con notificación. El solicitante puede permanecer en Corea hasta que la decisión sea firme, incluso durante el proceso judicial.

Derechos durante el procedimiento

El Ministro de Justicia puede conceder ayudas para gastos de manutención y gestionar alojamientos para solicitantes. Transcurridos seis meses desde la solicitud, se puede autorizar el trabajo. Los solicitantes menores y los familiares menores tienen acceso a la enseñanza primaria y secundaria en las mismas condiciones que los coreanos. Los centros de apoyo de inmigración ofrecen alojamiento, comida, atención médica y clases de coreano.

Recurso y vía judicial

La notificación de denegación indica los motivos y el derecho a recurrir. Puede presentar un recurso ante el Ministro de Justicia en los 30 días siguientes a la notificación, a través de la oficina regional de inmigración; lo examina el Comité de Refugiados y la resolución debe llegar en seis meses, prorrogables otros seis. Este recurso excluye el recurso administrativo, pero sigue siendo posible acudir a los tribunales en la vía contencioso-administrativa.

Ayuda

El Centro de Contacto de Inmigración atiende en el 1345 (desde el extranjero, +82-2-1345), y HiKorea tiene páginas dedicadas a los refugiados. Los refugiados reconocidos reciben un documento de viaje válido por tres años (tasa de 10.000 wones) y deben comunicar los cambios de domicilio en un plazo de 15 días.

Documentos

Documentos obligatorios

Identidad

  • Pasaporte, o una declaración escrita que explique por qué no puede presentarlo; tarjeta de residencia si está registrado

Otros

  • Formulario de solicitud del estatuto de refugiado
  • Una foto de 3,5 x 4,5 cm tomada en los últimos seis meses (solicitudes en el puesto fronterizo)

Documentos complementarios (según el caso)

Otros

  • Pruebas que respalden la solicitud (órdenes de detención, sentencias, noticias, fotos, vídeos)

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir asilo en una embajada de Corea en mi país?

No. Las solicitudes de refugio se presentan en los puestos fronterizos de Corea o en las oficinas de inmigración dentro del país.

¿Cuánto tarda la resolución?

Por ley, seis meses desde la solicitud, prorrogables hasta seis meses más.

¿Puedo trabajar mientras se tramita mi solicitud?

El Ministro de Justicia puede autorizar el trabajo una vez pasados seis meses desde la fecha de solicitud.

¿Qué plazo tengo para recurrir una denegación?

30 días desde que recibe la notificación de denegación.

Fuentes oficiales

Resumen de las fuentes oficiales citadas. Las normas, las tasas y los plazos cambian: confírmelos con la embajada o en el portal oficial antes de presentar la solicitud.

Otros tipos de visado para Corea del Sur

Visitas y estancias cortas

Negocios y trabajo por cuenta propia

  • Visado de negocios Estancia máxima: Hasta 90 días
  • Visado de inversor Plazo de tramitación: Al menos dos semanas en la Embajada en Madrid, sin trámite urgente; el plazo depende de la misión
  • Visado de emprendedor y startups Plazo de tramitación: Al menos dos semanas en la Embajada en Madrid, sin trámite urgente; el plazo depende de la misión

Estudios y formación

  • Visado de estudiante Estancia máxima: Periodo de estancia concedido según el programa de estudios; registro obligatorio en 90 días
  • Visado para cursos de idiomas Estancia máxima: Se concede por periodo de curso; registro en 90 días si la estancia es más larga
  • Visado de investigador Plazo de tramitación: Al menos dos semanas en la Embajada en Madrid, sin trámite urgente; el plazo depende de la misión

Trabajo

Familia

  • Visado para cónyuges y parejas Plazo de tramitación: Más largo que el de otras visas; puede alargarse si se revisan los documentos, se hace una entrevista o una investigación sobre el terreno
  • Visado de reagrupación familiar Plazo de tramitación: Al menos dos semanas en la Embajada en Madrid, sin trámite urgente; el plazo depende de la misión

Residencia

Autorizaciones de viaje en línea

Guía de visados de Corea del Sur